Lalegítima es una figura que viene regulada en los artículos 451-1 y siguientes del Libro IV del Código Civil de Cataluña, y que otorga a determinadas personas el derecho a obtener una cuarta parte de la herencia del causante. Pues bien, según el artículo 451.3 del Código Civil Catalán, las personas que tienen derecho a la legítimaArtículo451-14. Intereses. 1. El causante puede disponer que la legítima no devengue interés o puede establecer su importe. 2. En defecto de disposiciones del causante, la legítima devenga el interés legal desde la muerte del causante, aunque se pague en bienes de la herencia, salvo que el legitimario conviva con el heredero o el Lalegítima en términos generales es una parte de la herencia sobre la cual la ley no deja disponer al testador o causante, ya que existen unas personas denominadas legitimarios que tienen derecho a esa parte de la misma, por razón de su parentesco.-. Hecha esta precisión de forma genérica, vamos a proceder a contestar las
Calcularla legítima global y la individual. 1.-. Determinación del caudal relicto (bienes de la herencia) Es decir hay que determinar cúales son los bienes que integran la herencia. Componen el caudal relicto todos los bienes y derechos del testador que no extingan por su muerte.
Unaherencia es aquella masa patrimonial (bienes, derechos y obligaciones) que adquiere una persona debido a la muerte de su anterior propietario. Quien recibe algo por herencia recibe el nombre de heredero o legatario. ¿Dónde se regula la herencia en España? Las nociones principales a tener en cuenta sobre la herencia se regulan en el Código Civil, Jluo2hH.